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INGRESO COMPLEMENTARIO DE COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL FRUTO DE LA MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 109 DE LA LGSS

 

Con la última prórroga del plazo de ingreso de la Resolución de 6 de mayo de 2014, se extiende el plazo para comunicar e ingresar la deuda por cotizaciones a la Seguridad Social en aplicación de la nueva redacción del artículo 109 de la LGSS devengadas en los meses de diciembre de 2013 a mayo de 2014, hasta el 31 de julio de 2014.

 

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joaquin@foe.es

 

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